jueves, 14 de abril de 2011

La LEY 2/2007 establece la transversalidad en el ejercicio en las políticas de empleo y relaciones laborales.

La Ley de trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia establece la transversalidad en el ejercicio en las políticas de empleo y relaciones laborales, que ejercerá el departamento de la Administración autónoma con competencias en el área de trabajo, en colaboración con el correspondiente en materia de igualdad.
Uno de los aspectos más innovadores de la ley es la regulación de los Bancos Municipales de Tiempo y los Planes de Programación del Tiempo de la Ciudad, medidas que gestionarán los ayuntamientos, con la colaboración de la Xunta de Galicia. Su función será contribuir al avance de la conciliación de la vida familiar y laboral, y se nutrirán de redes comunitarias de apoyo a la conciliación o, en casos excepcionales, a través de personal municipal o contratado para el efecto. En este aspecto, será un objetivo prioritario facilitar el descanso de quien cuida personas dependientes.

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